Proponen en el Senado castigar el uso ilícito de recursos económicos en procesos electorales

    Anuncio

    *Los senadores Angélica de la Peña Gómez y Celestino Cesáreo Guzmán presentaron iniciativa de reforma al Artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales

    Ciudad de México. 16 de Noviembre del 2017. – Los senadores Angélica de la Peña Gómez y Celestino Cesáreo Guzmán presentaron iniciativa de reforma que propone sancionar la utilización de recursos económicos en campañas políticas cuando exista una prohibición legal para ello.

    Celestino Cesáreo Guzmán presentó en tribuna de la Cámara Alta proyecto de decreto por el que se reforma el segundo párrafo al artículo 15 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales.

    En el documento, el senador advierte que en pasados procesos electorales se ha demostrado que se establecieron estructuras paralelas de financiamiento, lo cual dijo, constituye “retrocesos graves, que se manifiestan con reiteradas denuncias por compra, coacción y el uso de recursos públicos y privados para el proselitismo electoral sin ser sancionadas de acuerdo a las leyes vigentes”.

    Puso como ejemplo el dinero que se transfirió a la empresa ligada a Lozoya salió de la División de Operaciones Estructuradas de Odebrecht, el llamado departamento de sobornos, y a través del cual se financiaron campañas políticas en todo el continente.

    En consecuencia, se propone reformar el segundo párrafo del artículo 15 para sancionar a quien participe en la creación de estructuras paralelas de financiamiento o de personas morales, antes o durante el proceso electoral con el propósito de proveer de manera ilícita de recursos, bienes o servicios, gestionar pagos o hacer transferencias a las campañas de partidos y candidatos.

    Para quedar como sigue: Se impondrá de mil a cinco mil días de multa y de cinco a quince años de prisión al que por sí o por interpósita persona realice, destine o reciba aportaciones de dinero o en especie a favor de algún precandidato, candidato, partido político, coalición o agrupación política cuando exista una prohibición legal para ello, o cuando los fondos o bienes tengan un origen ilícito, o en montos que rebasen los permitidos por la ley.

    La pena prevista en el párrafo anterior se aumentará hasta en una mitad más a quien participe en la creación de estructuras paralelas de financiamiento o de personas morales, antes o durante el proceso electoral con el propósito de proveer de manera ilícita de recursos, bienes o servicios, gestionar pagos o hacer transferencias a las campañas de partidos políticos, precandidatos, candidatos, partidos políticos, coalición, agrupación política o candidatos independientes.

    La iniciativa fue turnada a las comisiones de Justicia y Gobernación para su discusión y dictamen correspondiente.