Plantean reformas para acortar tiempos de dictaminación y abatir el rezago legislativo

Anuncio

Chilpancingo Gro; a 09 de agosto del 2020.- Con el propósito de abatir el rezago legislativo, la diputada Norma Otilia Hernández Martínez propuso reducir el plazo de dictaminación de asuntos de 30 a 25 días, y que vencido ese término y su prórroga, la Mesa Directiva, a petición del diputado promovente, emita un extrañamiento a la Comisión para que dictamine en 5 días hábiles; caso contrario, la iniciativa será presentada como dictamen en la siguiente sesión del Pleno.

La legisladora de Morena plantea reformar la Constitución Política local y la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, refiriendo que el rezago legislativo es uno de los problemas más importantes que enfrentan los Congresos federal y estatales, por la ausencia de culminación en tiempo y forma de diferentes procesos legislativos.

Precisó que el rezago tiene implicaciones con algunos mecanismos de eficacia y eficiencia en el desempeño de las tareas sustantivas de los legisladores locales, que contribuye a tener una mala percepción por parte de los ciudadanos.

Explicó que, aunque la Constitución Política del Estado de Guerrero y la Ley Orgánica del Poder Legislativo establecen el tiempo de dictaminación de los asuntos, que debe ser dentro de un plazo no mayor de 30 días hábiles contados a partir de la recepción del turno, esto no se lleva a cabo.

Por lo anterior propone acortar los plazos en los que se deba analizar, discutir, dictaminar y votar las iniciativas de leyes o decretos, para que sean los que marque la propia Ley Orgánica del Poder Legislativo, y que, en caso contrario, la Mesa Directiva deberá presentar la exposición de motivos y el clausulado de la iniciativa como dictamen, conforme al proceso legislativo establecido.

Esta propuesta de reformas a la Constitución Política del Estado y a la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado fue turnada a la Comisión de Estudios Constitucionales y Jurídicos para su análisis y emisión del dictamen correspondiente.

WordPress › Error