Presenta Ricardo Mejía recurso ante Juez federal por la abstención de PGR de investigar a Fiscal General

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Acapulco, Gro. 08 de Agosto del 2017. – Presenta el diputado Ricardo Mejía Berdeja recurso de inconformidad contra la resolución del ministerio público federal de abstenerse de investigar al Fiscal General del Estado, Javier Ignacio Olea Peláez por los delitos cometidos contra la administración de justicia.

Luego de que la autoridad investigadora determinara que el mantener en activo a elementos que no aprobaron los exámenes de control y confianza, no constituía delito alguno, pese a que esta conducta se encuentra tipificada por el artículo 139, fracción IV, de la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, Ricardo Mejía Berdeja presentó la mañana de este martes ante el Juez de Control del Juzgado de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio un recurso de inconformidad contra ésta resolución.

“De nada sirve que exista el delito si el ministerio público federal se abstiene de investigar. Esto genera impunidad y es una burla al Sistema Nacional de Seguridad Pública” expresó Mejía Berdeja y agregó que no solo es la negativa para hacerlo sino la falta de argumentos para fundar la determinación.

Es importante señalar que si bien en el Código Nacional de Procedimientos Penales, existe la facultad para el ministerio público para abstenerse de investigar, cuando los hechos relatados en la denuncia no fueren constitutivos de delito o cuando extinga la acción penal o la responsabilidad penal del imputado; el mismo precepto legal señala además que esta decisión será siempre fundada y motivada.

“En este caso, el ministerio público en ningún momento señala cuales son las causales de exclusión del delito que tiene para fundar su determinación de abstenerse de investigar” denunció Ricardo Mejía.

Ricardo Mejía reiteró que es un delito mantener un personal no certificado haciendo funciones de policía, perito o ministerio público, además, el contar en la Fiscalía con elementos no certificados afecta al debido proceso, ya que las actuaciones de este personal reprobado en los exámenes de control y confianza pueden ser señaladas por los inculpados echando por la borda los procesos penales.