Avala Senado hasta 30 años de prisión a quienes posean armas de fuego

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Ciudad de México. 16 de Diciembre del 2016. – Con 89 votos a favor y uno en contra, el Senado aprobó reformas al Código Penal Federal y a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos que elevan las penas de dos a cinco años y hasta 30 años de cárcel, así como incrementos de 300 a 500 Unidades de Medida y Actualización (UMA) para quienes porten, fabriquen, importen o acopien armas sin un fin lícito.

El endurecimiento de las penas a quienes porten armas de fuego sin permiso también precisa que los funcionarios y agentes de la autoridad pueden llevar las armas que el ejercicio de su cargo requiera.

La pena más dura, de 30 años de prisión, se estableció para quienes posean armas sin haber hecho la manifestación de éstas a la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena), y a quienes posean armas, cartuchos o municiones en lugar no autorizado.

 

Para quienes acopien armas sin permiso se establece prisión de cinco y hasta 20 años, y de 100 hasta mil UMA, así como el decomiso, según sea el caso. Y quienes posean armas de uso exclusivo del Ejército, Armada o Fuerza Aérea se les sancionará con prisión de uno y hasta 12 años de prisión.

Las actualizaciones y reformas, demandadas por la Comisión Nacional de Gobernadores (Conago), convierte de delitos no graves en graves varias conductas relacionadas con la posesión de armas.

Con este incremento de penas “se provee de una herramienta más de política criminal que el Senado de la República emitirá para el fortalecimiento de la seguridad de nuestro país”, afirmó el legislador panista Fernando Yunes Márquez, presidente de la Comisión de Justicia.

El senador panista Jorge Luis Preciado, quien impulsó una ley en sentido contrario para permitir la posesión de armas de fuego, votó en contra del dictamen y argumentó que el Estado mexicano no tiene capacidad para retener en los centros penitenciarios a quienes tienen armas ilegales.

*Información tomada de Proceso