Resuelve Tribunal Electoral que el Congreso no reglamente elección por usos y costumbres

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Chilpancingo, Gro. 07 de Abril del 2017 (IRZA). – El Congreso local no debe reglamentar la elección de autoridades del municipio de Ayutla de los Libres por el principio de usos y costumbres, resolvió el pleno del Tribunal Electoral del Estado.




El pleno del TEE declaró improcedente el juicio electoral ciudadano TEE/SSI/JEC/006/2017 y su acumulado TEE/SSI/JEC/008/2017, que presentó la Sala de Segunda Instancia a cargo del magistrado Ramón Ramos Piedra.

Aunque la resolución fue aprobada por unanimidad, los magistrados debatieron por más de una hora durante la sesión ordinaria de este viernes.

El magistrado Emiliano Lozano Cruz consideró que el Congreso local “sí está obligado a legislar” en materia electoral para reglamentar el procedimiento electivo de las autoridades, pero Ramón Ramos Piedra, René Patrón Muñoz, J. Inés Betancourt Salgado e Hilda Rosa Delgado Brito, respaldaron el proyecto y afirmaron que los ciudadanos deben elegir el procedimiento, porque de lo contrario, se violarían sus derechos.

De acuerdo con el juicio electoral ciudadano, comisarios y delegados de Ayutla impugnaron el decreto 431 del Congreso por el que se determinó que la elección por usos y costumbres deberá efectuarse el tercer domingo de julio del 2018, así como la instalación de las autoridades.

También se quejaron por “la omisión legislativa”, al señalar que el Congreso debe adecuar los ordenamientos en materia electoral que posibiliten el desarrollo de la contienda municipal por el sistema de usos y costumbres.

Pero la resolución de la Sala de Segunda Instancia, a cargo del magistrado Ramón Ramos Piedra, lo declaró improcedente.

“El Congreso no está obligado a legislar para cómo llevar a cabo a la elección, porque de hacerlo estaría violando la autodeterminación de los pueblos”, concluyó el magistrado ponente.

Señaló que los pueblos indígenas tienen a salvo sus derechos y principios consagrados en la Constitución, y explicó que, si el Congreso legisla al respecto, estaría “violando la Ley del Municipio Libre y la autodeterminación de los pueblos”.

También consideró que los actores políticos deben entender que “los tiempos de garantismo jurídico ya nos alcanzaron y que los derechos de los pueblos indígenas deben tomar una nueva dimensión en el esquema político”.

Sobre todo, el hecho de que los partidos políticos dejan de tener una preponderancia esencial de la vida del municipio, lo que, a su juicio, dijo, complica la concepción de las resoluciones.

Sin embargo, el magistrado Emiliano Lozano Cruz insistió que el Congreso debe legislar, porque hasta ahora sólo existe la resolución de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, que ordenó que la elección de autoridades municipales para el caso de Ayutla en 2018 se efectúe por el sistema de usos y costumbres.

Con base a eso, agregó, el Congreso fijó la fecha para efectuar la elección y la toma de protesta de las autoridades electas. “Tenemos el ‘qué’ y tenemos el ‘cuándo’, nos falta el ‘cómo’”.

“Es decir, quién va a fijar esas reglas de cómo se va a desarrollar ese proceso electivo por usos y costumbres y quiénes pueden participar en ella sin violar los derechos políticos electorales de ningún ciudadano”, explicó.

Lozano Cruz estableció que en esa elección también podrían participar los partidos políticos y candidatos independientes, pero con las reglas de usos y costumbres, para lo cual el Congreso debe reformar la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Guerrero (LIPEEG).

Porque, añadió, votar y ser votado es un derecho constitucional de todos los ciudadanos y no se pueden soslayar ni evadir, además de que ninguna ley u ordenamiento puede estar por encima de la Constitución.

Finalmente, el magistrado consideró que las prácticas comunitarias no pueden limitar los derechos políticos electorales de los y las ciudadanas de elección de sus autoridades, de lo contrario, no existiría democracia ni pluralidad.